
El Real Decreto Ley 8/2021 del 4 de mayo, ha limitado la posibilidad de convocar Juntas de propietarios, exclusivamente a los acuerdos que no puedan demorarse más allá del 31 de diciembre de 2021. ¿En qué casos se pueden convocar JUNTAS DE PROPIETARIOS? Excepcionalmente, y solo en los casos en los que el convocante pueda…